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domingo, 28 de octubre de 2018

FILOSOFÍA Y OBJETIVOS

Documento Base de la  Asociación de Memoria Histórica de Getafe.


INDICE


1º.- LAS CARACTERÍSTICAS/UTILIDADES DE LA MEMORIA HISTÓRICA.


            La Memoria Histórica es un concepto que se  asocia, en nuestro país, a los movimientos alrededor de la búsqueda de las víctimas de la Guerra Civil dentro del “bando gubernamental” también llamado  “republicano”. En general, es un movimiento que surge de la iniciativa de familiares que buscan en la asociación una forma de ayudar a encontrar a sus antepasados, después de décadas de inacción de los poderes civiles y que refleja  un problema mal resuelto después de décadas de democracia.

            El concepto de Memoria Histórica surge dentro del campo de los profesionales de la historia en Francia, donde alrededor del segundo centenario de la Revolución Francesa, se produce el comienzo del desarrollo de la Escuela Histórica del Tiempo presente. Esta corriente historiográfica se articula a través de una obra básica Les Lieux de mémorie[1],  dirigida por Pierre Nora que se convierte en el principal impulsor y teórico de esta corriente. La Memoria Histórica según Pierre Nora refleja el esfuerzo consciente de los grupos humanos por entroncar con su pasado respecto al que mantienen un especial respeto.  El planteamiento  parte de la consideración de que todo ser humano se referencia con su grupo a través de la Memoria y por ello necesita de la Memoria, porque ésta  nos permite, desde el pasado, explicar y situarnos en el mundo actual. El individuo se referenciaría, sí,  con la Memoria porque  sería  ésta  la que le daría  una imagen del mundo que le rodea. De esta manera,  la Memoria  se convierte en  una fuente de aprendizajes,  que no podemos sustituir por el olvido. Es evidente que recordar permite construir una explicación mientras que olvidar no permite nada.

            Según esta consideración, el individuo necesita de la Memoria pero también ésta es una especie de necesidad del grupo, de la sociedad, para evitar “perder” las aportaciones de los diferentes individuos que la han compuesto. La obligación de la Memoria permite al grupo evitar  el Olvido, es decir, la perdida de las aportaciones que hayan hecho distintos individuos al propio grupo. Estas aportaciones pueden haber sido positivas o negativas, de mayor o menor importancia o influencia; pueden  servir a los intereses de unos o de otros, pero, en todo caso,  las aportaciones de los individuos al grupo provocan una necesidad o interés mayor o menor de ser mantenidas por el mismo grupo. Provocan, por lo tanto,  la obligación del recuerdo y el recuerdo se convierte en una especie de reparación del grupo hacia el individuo,  en la medida  en que mantiene su recuerdo en la sociedad[2].

Necesitamos la Memoria para no olvidar. Estamos obligados al recuerdo para de esta forma no solo no olvidar, sino también reconocer las aportaciones de los individuos hacia el grupo. La Memoria se convierte, de esta manera,  en un elemento de reparación o de reconocimiento del grupo hacia el individuo y en un mecanismo de justicia hacia la aportación del individuo al grupo, o incluso de defensa, a posteriori, del individuo por el grupo.

Todo lo explicado hasta aquí parecería aceptable para el mundo de las aportaciones materiales, pero aunque sigue siendo igualmente valido,  entraría más en conflicto cuando intentamos aplicarlo al mundo de las ideas o de los valores. El problema estaría, aquí, en la discusión de qué valores o ideas merecen perpetuarse, pero en todo caso es indiscutible que la Memoria también es una fuente de valores.  Los individuos han vivido y luchado bajo prisma de muy diferentes pensamientos e intereses, pero en estos casos de controversias y conflictos, la Memoria también es una fuente valores porque cada individuo recibe y transmite la interpretación personal que hace de los valores de la época y el grupo al que pertenece.

 La opción por qué valores optamos/conservamos  la realiza  un individuo dentro de un grupo, pero la realiza  también  una colectividad  mediante  la existencia de  memorias colectivas, producto  de  la existencia de una políticas públicas de memoria en un momento dado. La Memoria como Política Pública siempre tiene que ver con la interpretación que hace el Estado de cuál debe ser la memoria dominante y esto es una realidad que existe y ha existido siempre. Cómo debe ser una política pública de memoria, está en función de los valores e intereses que se quieran lograr. Una política pública de memoria basada en una fuente de valores democráticos será una cosa. Evidentemente una política pública de memoria basada en una fuente de valores totalitarios será otra. La opción por una política pública de memoria por parte de los organismos y poderes públicos supone la toma de partido por unos valores u otros.

Todo Estado define, en la práctica, una política pública de Memoria, y es un asunto de suma trascendencia que suele explicar muchos aspectos de la política y sus objetivos en cada momento. Las políticas de olvido suelen parecerse a imposiciones autoritarias sobre lo que se puede o no conmemorar. Lo que conmemoramos y cómo  lo hacemos ya marca una línea política. Lo que no conmemoramos también.
En un sistema democrático una política pública de Memoria debía estar regida por tres principios:
  • Un principio ético, derivado del compromiso frente a la injusticia y por la solidaridad con las víctimas de graves vulneraciones de derechos humanos.
  • Un principio político, derivado del compromiso de vinculación con la dignidad humana, los derechos humanos y el derecho internacional de los derechos humanos.
  • Un principio democrático, derivado del compromiso con la defensa de los principios democráticos, el Estado de derecho y la convivencia.[3]

Se trata de una política que suponga una clara opción por los valores de libertad, igualdad y solidaridad en el presente y en el pasado. Para los ciudadanos de hoy y para los que han defendido estas ideas a lo largo del tiempo. Una política pública basada en estos valores debe defender la necesidad de la Memoria, la obligación de la Memoria, su carácter reparador para las personas que sufrieron por su defensa de las libertades y  su potencialidad como elemento de cohesión social,  cuando se basa en valores democráticos.

Por otro lado,  una política pública de Memoria democrática ha de tener claro que la defensa de la justicia es la defensa de sus valores y de los ciudadanos que son o han sido perseguidos por ello. La cohesión social alrededor de estos valores y el ejercicio de la justicia mostrará como una política pública de defensa de los valores democráticos es también la mejor garantía de que estos valores y derechos no serán atropellados en un futuro.

Por todo lo dicho hasta aquí,  reivindicamos la Memoria pero no como un ejercicio de mirar al pasado sin más. Reivindicamos la Memoria por su necesidad, por su carácter reparador de muchas injusticias, porque puede ser una fuente de aprendizaje de valores democráticos y porque, desde una política pública de memoria adecuada,  se convertirá en un elemento de cohesión social mediante el aprendizaje de valores que ayudarán a que el pasado no se repita y el presente sea más solidario, libre y justo.



2º.- LAS POLÍTICAS DE MEMORIA EN ESPAÑA. POR EL MOMENTO,  EN ESTO SÍ SOMOS DIFERENTES.


            Hablar de Memoria Histórica en España supone hablar de la Guerra Civil y sus efectos: Franquismo y represión. Se trata, sin duda, de unos acontecimientos de importancia capital en la historia de nuestro País, hasta el punto de que 77 años después de terminada la Guerra Civil, su recuerdo todavía puede generar polémicas. Pero ello se debe sin duda, no sólo a la gravedad de los hechos, sino también al tipo de Memoria que se establece a partir de la Transición. Una Memoria caracterizada por tres factores: una justificación interesada; el planteamiento de la necesidad de su olvido y una peculiaridad jurídica: una ley de amnistía que perdonó a los responsables de la represión con la excusa de la amnistía para todos. Esta peculiaridad jurídica provocaría, además, que el ordenamiento jurídico español hiciera oídos sordos al  ordenamiento jurídico internacional en relación a los derechos humanos y los delitos contra  la humanidad. Pasemos a analizar cada uno de estos tres aspectos.

2.1.- Una justificación  interesada


            La gravedad de los hechos  (la propia guerra y sus consecuencias represivas) era innegable, pero esta  gravedad se justificó con una consideración  de “todos fueron iguales”, “la violencia se destapó en   ambos bandos y los resultados fueron terribles, fruto de pasiones desbocadas”… Pero esta teoría de “los dos bandos” oculta hechos tales como:
·         Un bando se sublevó  y se colocó al margen de la legalidad, convirtiéndose, además, desde el mismo momento de la sublevación, en responsable del comienzo del conflicto.
·         El bando insurgente proyectaba  “paralizar al adversario por el terror”. [4] desde antes de sublevarse.
·         Las nuevas autoridades, especialmente  el ejército y los falangistas, dirigieron la represión y la mantuvieron con básicamente los mismos procedimientos desde el primer momento en que entraban en un pueblo
·         La represión  no fue producto de los odios despertados durante la guerra. En zonas donde los sublevados se impusieron desde el primer momento, sin apenas oposición armada, la represión fue tan brutal, masiva  y salvaje  como en los pueblos donde entraban después de una larga batalla.
·         No  se produjo, por parte de las nuevas autoridades,  la menor crítica a la represión que se estaba realizando. Es  más, ésta  contó además con las bendiciones de la Iglesia Católica desde el primer  momento, considerándola como parte de su “cruzada” particular.
·         Los valores que defendían los sublevados se centraban en su radical conservadurismo, su autoritarismo ciego, con influencias fascistas y totalitarias. La sublevación tenía como objetivo acabar con cualquier vestigio de los valores de cultura democrática que defendía la República
·         Terminada la guerra, entre los sublevados, continuó la represión y jamás hubo un intento o política de reconciliación.
·         En lo que al bando republicano se refiere, durante los primeros 6 meses de la guerra,  también hubo una represión importante, pero  a diferencia de la anterior,  ésta fue criticada siempre por las autoridades, y controlada,  en cuanto las circunstancias lo permitían, de tal manera que a partir de 1937 las represalias en forma de fusilamientos fueron  muy escasas.

Como vemos, hubo dos bandos, pero  en lo que a represión se refiere, no actuaron de la misma manera.

La transición, respecto a la Guerra Civil y el Franquismo, se planteó el asusto como una supervivencia de las dos Españas  y su tendencia a los enfrentamientos. La Transición se presentó en sí misma, como la solución, por  su  supuesto afán integrador. Pero lo hizo con un cierto matiz oportunista que acabó amnistiando a los responsables de la represión, incluso cuando  estos  habían actuado “en contra de los derechos de las personas”[5]

 2.2.-El Olvido


            Esta justificación interesada  necesitaba del olvido. Todavía hoy, cada vez que aparece el concepto “Memoria histórica”, cada vez que aparecen hechos relacionados con la represión política vivida en este País, inmediatamente alguien menciona  aquello de “la necesidad de pasar página” para poder solucionar los problemas. O sea nos lleva al terreno del olvido. Un olvido que además se supone terapéutico (ya que, se supone, que ayudará a solucionar el problema).

            Pero el olvido en sí mismo es una contradicción. El olvido no permite conocer. El olvido hace que mucha gente siga en las fosas[6]. El olvido no permite reparar la memoria de tantos  y tantas que dejaron su vida, convirtiéndose en muertos invisibles, porque siguen desaparecidos y desaparecidas,   o porque no sabemos por qué murieron. Por si todo esto fuera poco, el olvido, además, no permite ejercer justicia. Justicia que  produce reparación a las personas y a las ideas por las que dieron la vida. Justicia para ayudar a que aquellos hechos no se repitan. Justicia para integrarnos en una sociedad y en una memoria democrática, basada en la defensa de los valores de libertad, igualdad, tolerancia, solidaridad ….

            La política del avestruz no sirve ni a los avestruces. Pasar página se basa en el olvido, y el olvido es una política de avestruz para una sociedad, porque no le permite sacar conclusiones, porque no le permite aprender. Como escribía Dulce Chacón “Somos víctimas del silencio de nuestros padres,  y responsables de la ignorancia de nuestros hijos”. El olvido es una justificación interesada de aquellos que tienen interés en ello para que, con el tiempo, víctimas y verdugos se igualen, al convertirse en “las batallas del  abuelo”, desconociendo la historia y los valores que hubo tras aquellas batallas.

2.3.- Peculiaridad Jurídica


            La justificación interesada en la que se mueve nuestra Memoria de la Guerra Civil ( en los dos bandos se hicieron cosas malas), y el olvido como receta para pasar página, coinciden en una peculiaridad del sistema jurídico español actual: la Ley 46/1977 de 15 de octubre de Amnistía. En esta ley se amnistía a las víctimas, pero también a los verdugos. En su  artículo segundo  se establecen los casos que están comprendidos en la Amnistía y en el  apartado e se incluyen
“Los delitos y faltas que pudieran haber cometido las autoridades, funcionarios y agentes del orden público, con motivo u ocasión de la investigación y persecución de los actos incluidos en esta Ley.”
            La protección se amplía en el apartado f)  a

“Los delitos cometidos por los funcionarios y agentes del orden público contra el ejercicio de los derechos de las personas”

Como vemos  la ley  amnistía  los delitos y las faltas que se hayan cometido por autoridades, funcionarios y agentes, incluso “contra el ejercicio de los derechos de las personas”. En un increíble ejercicio de cinismo todos son tratados por igual, todos son iguales, todos quedan amnistiados. Es la política del pasemos página justificada por el  olvidemos el pasado para crear  una nueva convivencia. Pero esta ley de amnistía se olvidó de dos cosas: En primer lugar, justificó crímenes que no  pueden prescribir  según el derecho internacional. Además, en segundo lugar, fue una ley  preconstitucional. La Constitución actual que rige nuestro sistema político entró en vigor algo más de un año después.  Es verdad que esta Constitución no derogó aquella ley, pero en la práctica,  la convirtió en algo difícilmente justificable en un sistema democrático.

            A pesar de la Ley de  Amnistía, la Constitución actual, -que nadie puede negar que tiene un rango superior a esa ley-, lleva en su interior  una serie de artículos que permiten tratar los abusos de los derechos humanos y las víctimas del Franquismo desde la perspectiva del derecho internacional.  Por una lado convierte al Derecho Internacional en parte de las obligaciones contraídas por el Estado art.96.1 Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional.” y por otro lado reconoce que: “Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con  Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.” art. 10.2. Como vemos se establece claramente en nuestra Constitución actual que los tratados internacionales forman parte de nuestro ordenamiento jurídico interno y que  las normas relativas a derechos y libertades se interpretaran de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los acuerdos internacionales ratificados por España

            Sobre el papel en nuestra Constitución la norma parece que no puede estar más clara, pero en la realidad a a  la peculiaridad jurídica de que un Estado democrático mantenga una Ley que amnistíe a los verdugos, se une la peculiaridad de que diferentes gobiernos  han ido haciendo caso omiso a las recomendaciones de diferentes  organismos internacionales en relación con los derechos humanos y el derecho de las víctimas, con lo cual han hecho caso omiso a su propia constitución.

            Los principales acuerdos sobre este tema, los desaparecidos y víctimas del Franquismo, que no han  sido respetados por el gobierno español han sido los siguientes:
·         Resolución 60/147de la Asamblea General de las Naciones Unidas de diciembre de 2005 por la que se aprueba el documento “Principios y directrices básicas sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones”
·         Acuerdo de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa del 2006
·         Acuerdo del Comité de derechos humanos de las Naciones Unidas de Octubre del 2008
·         Diferentes Informes de Naciones Unidas, tales como: 
o   Informe del Comité contra la desaparición forzada del 12 de diciembre del 2013
o   Informe  del 2 de Julio de 2014,  del grupo de trabajo sobre desapariciones forzadas e involuntarias,  tras su visita a España entre los días 23-30 de septiembre de 2013
o   Informe de 22 de Julio de 2014 del relator especial de las Naciones Unidas sobre su visita a España entre los días 21 de Enero a 3 de Febrero de 2014

Con este caso omiso, el Gobierno español está también incumpliendo su propia  Constitución, pero no olvidemos que  las políticas públicas sobre Memoria de nuestro País se basan en la justificación interesada, el olvido y una ley peculiar que amnistía a los responsables de la vulneración de los derechos de las personas, es decir los derechos humanos.

La peculiaridad jurídica, por último,  se expresa en la paradoja de que el único juez que intentó abrir una actuación sobre los delitos del franquismo, acabó siendo separado de la carrera judicial y las únicas actuaciones abiertas en este momento,  lo son por una jueza argentina,  país hasta el que han tenido que desplazarse los pocos  particulares que se han atrevido   a  comenzar la vía judicial  (y han podido costárselo).

  España, en esto de la Memoria Histórica, es diferente. Y esta diferencia hace más urgente la necesidad de una política pública de memoria democrática, como elemento de encuentro o cohesión para todos los españoles.

3º.- LOS OBJETIVOS DE UN PROGRAMA DE MEMORIA


Dentro del Derecho Internacional de los Derechos Humanos,  la principal referencia es la ya mencionada Resolución 60/147de la Asamblea General de las Naciones Unidas de diciembre de 2005 por la que se aprueba el documento “Principios y directrices básicas sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones”. En esta declaración se ofrece  una definición básica de los derechos que corresponden a las víctimas: verdad, justicia y reparación y se concretan las obligaciones del Estado, que serían las siguientes:
“II. Alcance de la obligación
3. La obligación de respetar, asegurar que se respeten y aplicar las normas internacionales de derechos humanos y el derecho internacional humanitario según lo previsto en los respectivos ordenamientos jurídicos comprende, entre otros, el deber de:
a) Adoptar disposiciones legislativas y administrativas y otras medidas apropiadas para impedir las violaciones;
b) Investigar las violaciones de forma eficaz, rápida, completa e imparcial y, en su caso, adoptar medidas contra los presuntos responsables de conformidad con el derecho interno e internacional;
c) Dar a quienes afirman ser víctimas de una violación de sus derechos humanos o del derecho humanitario un acceso equitativo y efectivo a la justicia, como se describe más adelante, con independencia de quién resulte ser en definitiva el responsable de la violación; y
d) Proporcionar a las víctimas recursos eficaces, incluso reparación, como se describe más adelante.”[7]
            Años después,  en octubre de 2011,  el Consejo de Derechos Humanos de la Naciones Unidas aprobó la Resolución 18/7 por la que se estableció el mandato de un Relator Especial para ocuparse de “situaciones donde haya habido violaciones manifiestas de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario”. En esta Resolución se establecía también que el Relator, además de analizar la vulneración de los derechos,  debía  plantearse en su informe la garantía de no repetición  de los hechos  en la situación o lugar analizado,  de tal manera  que esta garantía de no repetición se convierte, en la práctica,  en el cuarto derecho de las víctimas.   Establecidos estos planteamientos, podemos afirmar que los derechos de las víctimas  deberían corresponder a los objetivos de cualquier programa de Memoria.
Siguiendo al gobierno Vasco[8], los objetivos de un programa de memoria se sintetizarían en dos líneas. Una primera sobre las  Víctimas y una segunda sobre el conjunto de la sociedad a través  de la Memoria. Sobre las Víctimas, los derechos a la verdad, justicia y reparación implican sacar a la luz las agresiones producidas sobre sus derechos, reconocer la injusticia del daño causado y ofrecer una reparación. Sobre la sociedad a través de la memoria, se trataría de primar una política pública de Memoria que reconozca la agresión que supuso para el conjunto de la sociedad la dictadura franquista, orientándose esta política a rescatar y conmemorar los valores que, frente a la Dictadura-, defendían la libertad, la igualdad, la dignidad y la democracia, creando –de este modo- unas condiciones de pedagogía social que se conviertan en garantía de no repetición.
A estos 4 principios básicos, verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición,  pensamos que se debería agregar el del cumplimiento de la legislación vigente,  en lo respectivo a derechos de las víctimas. A nivel internacional ya la hemos repasado. Pero a nivel nacional, -aunque España sea diferente- hay que recordar que también existe. Se trata de la criticada, pero además inutilizada por el Gobierno del PP “Ley 52/2007 de 26 de diciembre por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes  padecieron persecución o violencia durante la Guerra  Civil y la Dictadura”, popularmente conocida como Ley de Memoria Histórica. Esta Ley se completa, además, con el Real Decreto 1791/2008, de 3 de noviembre, sobre La declaración de reparación y reconocimiento personal a quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura.
La Ley de Memoria Histórica puede ser criticada y aparecer como limitada. Pero existe y la obligación de la administración pública es aplicarla, mientras no se decida derogarla o  sustituirla por otra. Con esta Ley se reconocen aspectos importantes tales como:
·                    Los derechos de quienes sufrieron  persecución o violencia. Se promueve la reparación y recuperación de su memoria (art. 1).
·                    Se reconoce el carácter injusto de todas las condenas ( art 2)
·                    Se admite la ilegitimidad de los tribunales y penas durante la Guerra Civil ( una evidente limitación al no plantearse el Franquismo), declarando además ilegítimas sus condenas ( art. 3)
·                    Se establece la posibilidad de reclamación por parte de las víctimas o sus familiares ( art. 4,5 y 6)
·                    Se marcan diversas posibilidades de indemnización y prestaciones ( art. 7- 10)
·                    Se plantea la colaboración de la administración pública con los particulares para la localización de las víctimas ( art. 11)
·                    Se arbitran medidas respecto a los símbolos y monumentos conmemorativos de la Guerra Civil y la Dictadura, incluyendo la retirada de subvenciones o ayudas públicas a los propietarios de los lugares donde se hallen esos monumentos ( art. 15)

El escándalo de esta Ley no es tanto la Ley en sí, como su nula aplicación. Otra peculiaridad jurídica de la Memoria Histórica en España. La obligación de un programa público de Memoria es incluir su  aplicación mientras sea la Ley que existe.
Con estos 5 objetivos, verdad, justicia, reparación,  garantía de no repetición y cumplimiento de la legislación vigente deberíamos definir un conjunto de actuaciones que, basadas en la filosofía general de este documento,  constituirían un programa de Memoria pública para Getafe.

 

GETAFE.

            El grupo de Memoria del Ayuntamiento de Getafe se plantea un conjunto de actuaciones en torno a  4 bloques o elementos base: lugares de Memoria, personas protagonistas de los acontecimientos, aplicación de la legislación sobre Memoria en España, garantía de no repetición. Por el momento hablamos de una simple enumeración de contenidos que marcarán actuaciones futuras.

4.1.- Lugares de  Memoria.

           
·         Listado de monumentos y lugares. Dentro de ellos consideramos de especial interés:
o   La Cárcel ( actual biblioteca Ricardo de la Vega)
o   El cementerio del Km. 14,1 de la antigua Ctra. De Toledo
o   Los restos del Cerro de los Ángeles
o   Los restos de la Batalla del Jarama
o   Los restos de Perales
o   Los  bunkers del Sector III
·         Elaboración de paneles informativos, expuestos en cada uno de estos lugares,  que expliquen  someramente el papel que  cada  uno de  ellos  desempeñaron.

4.2.- Víctimas


            Las actuaciones básicas en este aspecto serían:
·         Elaboración de un listado de personas
·         Elaboración  de un fondo biográfico  de personas que hayan sufrido la represión, cara a su edición digital en algún blog o página webb.
·         Realización de una convocatoria abierta a la colaboración de familiares de las víctimas, para la elaboración tanto del listado, como del fondo biográfico.
·         Comenzar  este fondo con un estudio pormenorizado de  4  personas especialmente significativas en  la localidad
o   Oscar Jerez Benavente
o   Francisco Lastra Valdemar
o   Francisco Gascó Santillán
o   Pedro Patiño Toledo.
La elección de estas 4 personas se debe a que constituyen en sí mismas, una especie de modelo o patrón de quienes sufrieron especialmente la represión en diferentes momentos. Los dos primEros fueron ejecutados debido a que eran los últimos  cargos municipales  (Alcalde y Teniente de Alcalde) republicanos de  Getafe. Francisco Gascó, fusilado en 1946 representa las guerrillas contra el Franquismo en las que participó.  Pedro Patiño representa el movimiento obrero que combatió siempre contra el Franquismo.
·         Estudio y propuesta de algún tipo de monumento conmemorativo.

4.3.- Aplicación de la Legislatura Vigente


            Las actuaciones básicas en este aspecto serían, entre otras:
·         Revisión del Callejero de Getafe
·         Revisión de Monumentos y placas conmemorativas
·         Propuestas al  Ayuntamiento, si procede,  de  actuaciones a llevar a cabo
·         Ofrecer información a los familiares de las víctimas sobre sus derechos al amparo de la actual  legislación vigente.

4.4.- Garantía de no repetición


            Las actuaciones básicas en este aspecto serían, entre otras:
·         Informar, tanto al Ayuntamiento, como a particulares,  sobre las posibilidades de defensa jurídica  de la Memoria de las víctimas.
·         Actuaciones sobre pedagogía social que permitan convertir la Memoria en un elemento vertebrador de  valores democráticos. 

     Estas  actuaciones sobre pedagogía social se podrían centrar en dos líneas básicas:

o   Dar a conocer los hechos que ocurrieron  durante la Guerra Civil y el Franquismo
o   Actos  dirigidos a los públicos en general tendentes a la organización de charlas, exposiciones, jornadas sobre Memoria  Histórica y sus repercusiones en Getafe.
o   Actos sectoriales dirigidos a colectivos como Institutos, Universidad…
o   Creación de un grupo de monitores/ guías.. sobre Memoria Histórica en Getafe para todos nuestros posibles actos.
o   Creación de un pequeño fondo bibliográfico sobre Memoria Histórica en España, con  varias copias de cada volumen, de forma que se pueda repartir a bibliotecas. Podríamos comenzar por la Biblioteca de la Universidad Carlos III y la Biblioteca Ricardo de la Vega.
o   Fomentar trabajos de investigación sobre Guerra Civil y Franquismo en Getafe.
o   Convertir la Memoria en un eje integrador de Valores Democráticos:
o   Desarrollar  una actividad permanente  en los Institutos integrada con la  Concejalía de educación.
o   Desarrollar  una actividad permanente , con algún tipo de convenio con la Universidad Carlos III, con el objetivo de lograr incluir un curso sobre Memoria Histórica dentro de la oferta habitual de esta Universidad.
o   Desarrollar  junto con  la Universidad Carlos III, un Congreso sobre la Represión Franquista en  la Comunidad de Madrid
o   Desarrollar contactos con las entidades y  asociaciones que estén interesadas, tanto a nivel local como autonómico y nacional. 
o   Coordinación con iniciativas. similares a este grupo de Memoria surgidas en otros Ayuntamientos.
o   Planteamiento de un concurso –que puede tener diferentes formatos- sobre valores humanos y memoria histórica.
o    

5.- RELACIÓN ENTRE OBJETIVOS Y ACTUACIONES

            La relación entre los 5 objetivos planteados y las  distintas actuaciones de los 4 grandes bloques se puede observar a partir de la siguiente tabla

BLOQUE
ACTUACIÓN
OBJETIVO QUE CUMPLIMENTARÍA




Lugares de  Memoria.
           

Listado de monumentos y lugares. Dentro de ellos consideramos de especial interés: La Cárcel (actual biblioteca Ricardo de la Vega), El cementerio del Km. 14,1 de la antigua Ctra. De Toledo, los restos del Cerro de los Ángeles, los restos de la Batalla del Jarama, los restos de Perales y los  bunkers del Sector III

VERDAD,  REPARACIÓN
CUMPLIMIENTO DE LEGISLACIÓN
Elaboración de paneles informativos, expuestos en cada uno de estos lugares,  que expliquen  someramente el papel que  cada  uno de  ellos  desempeñaron.
VERDAD,  REPARACIÓN






Víctimas
Elaboración de un listado de personas




VERDAD,  REPARACIÓN
JUSTICIA

Elaboración  de un fondo biográfico  de personas que hayan sufrido la represión, cara a su edición digital en algún blog o página webb.
Realización de una convocatoria abierta a la colaboración de familiares de las víctimas, para la elaboración tanto del listado, como del fondo biográfico.
Comenzar  este fondo con un estudio pormenorizado de  4  personas especialmente significativas en  la localidad: Oscar Jerez Benavente, Francisco Lastra Valdemar, Francisco Gascó Santillán Y Pedro Patiño Toledo.
Estudio y propuesta de algún tipo de monumento conmemorativo.
VERDAD,  REPARACIÓN
JUSTICIA
GARANTÍA



Aplicación de la Legislatura Vigente

Revisión del Callejero de Getafe



CUMPLIMIENTO DE LEGISLACIÓN
Revisión de Monumentos y placas conmemorativas
Propuestas al  Ayuntamiento, si procede,  de  actuaciones a llevar a cabo
Ofrecer información a los familiares de las víctimas sobre sus derechos al amparo de la actual  legislación vigente
REPARACIÓN
JUSTICIA
CUMPLIMIENTO DE LEGISLACIÓN











Garantía de no repetición

Informar, tanto al Ayuntamiento, como a particulares,  sobre las posibilidades de defensa jurídica  de la Memoria de las víctimas.
JUSTICIA GARANTÍA CUMPLIMIENTO DE LEGISLACIÓN








Actuaciones sobre pedagogía social que permitan convertir la Memoria en un elemento vertebrador de  valores democráticos
-Actos  dirigidos a los públicos en general

VERDAD
REPARACIÓN GARANTÍA
-Actos sectoriales dirigidos a colectivos
-Creación de un grupo de monitores/ guías.. .
-Creación de un pequeño fondo bibliográfico.

VERDAD
REPARACIÓN
-Fomentar trabajos de investigación
-Acuerdos con la Concejalía de educación para d Desarrollar  una actividad permanente  en  Institutos


VERDAD
REPARACIÓN
JUSTICIA
 GARANTÍA
-Acuerdos con la Universidad Carlos III para desarrollar  una actividad permanente.
-Potenciar,  junto con  la Universidad Carlos III, un Congreso
-Desarrollar contactos con  entidades y  asociaciones, tanto a nivel local como autonómico y nacional.

REPARACIÓN
JUSTICIA
 GARANTÍA
-Coordinación con iniciativas similares surgidas en otros Ayuntamientos.
-Promover un concurso sobre valores humanos y Memoria

REPARACIÓN
GARANTÍA







De  manera inversa, podemos observar  con qué principales tipos de acción quedan cubiertos los 5 objetivos.


6.-EL GRUPO DE MEMORIA HISTÓRICA DEL AYUNTAMIENTO DE GETAFE


            El  grupo de Memoria Histórica del Ayuntamiento de Getafe surge por iniciativa municipal por la aprobación de las proposiciones de 4 de noviembre de 2015 (Proposición ….. para la recuperación del programa de identidad histórica y la creación de un nuevo “grupo motor” que lo recupere, dinamice y extienda) y de  8 de junio de 2016. ( Proposición…. Sobre la creación de una Comisión para la recuperación de la Memoria Histórica de Getafe). Por su origen, es un grupo  vinculado al Ayuntamiento, que pretende realizar propuestas a éste y mantener con él una estrecha relación, desde la independencia.
            Su objeto principal es el estudio de la Memoria Histórica de la localidad en relación con las víctimas de la Guerra Civil y el Franquismo en nuestra localidad. Su filosofía, objetivos y líneas de actuación son las relacionadas en este escrito, y está compuesto por:

-          Personas de acreditada solvencia en el campo de la Memoria Histórica: investigadores profesionales o locales
-          Asociaciones que realicen un trabajo en este campo.
-          Personas o testigos que hayan padecido de forma directa o indirecta los acontecimientos.
-          Particulares interesados en el Campo de la Memoria Histórica.

La actividad de sus miembros no  será  remunerada, pero necesitará de apoyos logísticos ( locales, propaganda….), humanos y económicos para la organización de algunas de sus actividades. Un ejemplo de esto pueden ser acciones   como:
·          La creación de varias copias de un fondo bibliográfico específico para repartir por las principales bibliotecas de Getafe.
·          Premiar un concurso sobre valores humanos y Memoria  Histórica
·          Atenciones a ponentes en actos
·          Editar alguna investigación sobre Memoria Histórica en Getafe
·          Diseño de un Congreso sobre represión franquista en la Comunicad de Madrid
·          ….
 Por todo ello pensamos que es necesario plantear al Ayuntamiento la necesidad de articular de algún modo una partida presupuestaria para estos gastos. En estos momentos en que se está preparando el presupuesto del año próximo, creemos que sería necesario que el Ayuntamiento considerara la forma de dar viabilidad a esta petición.

6.1.- Componentes


            Aunque el grupo queda abierto a  posibles futuras incorporaciones, por el momento han participado su interés por pertenecer a éste s personas, entidades y asociaciones relacionadas con el tema . Así como investigadores locales  e  investigadores relacionados con la Universidad C




6.2.- Primeras actuaciones


Una vez definido el marco general de actuaciones, nuestra propuesta  de primeras actuaciones sería la siguiente:

EXTERNAS
·         Dar a conocer el grupo a la localidad  mediante una rueda de prensa.
·         Realizar un  Acto de presentación que sirviera especialmente para darse a conocer a Asociaciones y entidades, que serían invitadas.
·         Llamamiento a la colaboración ciudadana para la elaboración del listado de víctimas y el fondo biográfico.
·         Diseño de un curso que sirviera para la formación de un grupo de monitores/ guías de memoria voluntarios.
         INTERNAS
            Se  trataría de actuaciones básicamente de investigación o de definición con otras entidades:
·           Revisión del callejero, monumentos y placas conmemorativas de Getafe, para ver si se ajustan a la Ley de memoria Histórica
·           Listado de Lugares de Memoria: Con atención especial a la antigua Cárcel, hoy Biblioteca Ricardo de la Vega, y al cementerio del Km. 14,1 de la antigua Ctra de Toledo.
·           Elaboración de un listado de víctimas de Getafe
·           Elaboración de un fondo biográfico de víctimas que podría comentar por los cuatro señalados (Oscar Jerez Benavente, Francisco Lastra Valdemar, Francisco Gascó Santillán, Pedro Patiño Toledo)
·           Definir unas relaciones estables con la Universidad Carlos III mediante algún tipo de convenio.
·           Definir unas relaciones estables con el Ayuntamiento, materializadas en la forma de una posible subvención.






[1] Pierre Nora (dir) Les Lieux de mémorie , Paris, 1993
[2] Como ejemplo vivo de esa reparación que puede suponer la Memoria esta la famosa frase de Julia Conesa Conesa,, una de las Trece rosas, que escribe como despedida a su familia “ Que mi nombre no se borre de la historia”.
[3] Tomado de Programa – Base de Prioridades 2015-16 en materia de Memoria Histórica. Propuesta . Gobierno Vasco pág.13
[4] Frase tomada de las instrucciones del General Emilio Mola, anteriores a la sublevación
[5] Ley de Amnistía , Artículo Segundo, f)
[6] España es el segundo país del mundo con más desaparecidos políticos después de Camboya
[8] Programa base de prioridades 2015-2016 en materia de Memoria Histórica. Dirección general de Víctimas  y Derechos Humanos, Gobierno Vasco

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